Exhumación

Los servicios de exhumación pueden ofrecerse siempre que la persona fallecida haya cumplido 5 años (sepultado en tierra) y 7 años (sepultado en nicho) de inhumación. Para hacerlo se necesita una carta de la familia autorizándonos a representarlos y a partir de ahí nos encargamos de todo lo demás. En algunos casos los traslados son internos (de un cementerio a otro) y en otros internacionales. En algunos casos, es necesario una vez exhumado el cuerpo proceder a la cremación cuando se va a proceder a una repatriación.

Los requisitos son los siguientes:
• Autorización de la familia formato carta
• Copia del certificado de defunción
• Copia del título de propiedad panteón
• Identificación de familiar directo que autoriza